La jueza del caso resolvió este mediodía procesar a uno de ellos bajo el artículo 4to de la ley 17.815 que prevé penas de 2 a 12 años de prisión para quienes a través de retribución o promesas a menores de edad o incapaces, ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo.
Los restantes cuatro trabajadores fueron procesados por el artículo 5to de la misma ley, que prevé penas de 2 a 12 años de penitenciaría para quienes contribuyan a la explotación sexual de menores de edad o incapaces.
Un sexto involucrado proveniente de Chuy, será puesto en libertad en minutos luego de que la fiscalía pidiera el archivo del caso.
El abogado de los trabajadores, Pablo Barreiro aseguró que no se pudo comprobar intercambios económicos con las menores.
Escuche el informe de Diego Montesdeoca
Foto: Archivo
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