La medida comenzará a implementarse a partir del 1° de marzo y se exigirá un certificado de laboratorio que garantice la ausencia de agua exógena o agua agregada al producto de la vid.
La medida se ampara en el artículo 2 de la ley 2856 que define al vino como “un producto exclusivo de la fermentación alcohólica del jugo de uva fresca”
Cabe resaltar que la presencia de agua exógena en el vino -cualquiera sea su porcentaje- resulta ilegal y será considerado artificial por lo que no podrá ingresar al país.
Foto: Archivo/AFP
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