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Estudio jurídico del Sindicato Médico entiende inconstitucional artículo del Presupuesto

Un informe realizado por el asesor jurídico del Sindicato Médico del Uruguay (SMU), Carlos Delpiazzo, concluyó que es inconstitucional el artículo 425 del Presupuesto redactado por el Gobierno, que prevé exonerar al Estado de responsabilidad en el acceso a medicamentos de alto costo.

11:33 hs 26/Sep
2015
Entre doctores

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El SMU organizó una mesa redonda titulada "Procedimientos y medicamentos innovadores. Situación actual y futura: la visión de los Juristas".

Participaron el Dr. Carlos Delpiazzo (asesor jurídico del SMU), el Dr. Daniel Ochs (Catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Católica del Uruguay), el Dr. Juan Ceretta (Docente Consultorio Jurídico de la UdelaR, Docente Clínica de Litigio Estratégico de la UdelaR) y el Esc. Gustavo Di Genio (Presidente de la Asociación de Psoriasis del Uruguay y Delegado de Uruguay a la IAPO – International Association of Patients Organization).

"Una norma como esta que limita, obstaculiza o trata de entorpecer el acceso a la justicia, además de ser violatoria a la Constitución por atentar contra el principio de responsabilidad también es contraria a la Constitución, en cuanto a esta manifestación consecuencial de la responsabilidad, que es la reparación del daño", afirmó Delpiazzo en declaraciones publicadas en la web del SMU.

En su informe, Delpiazzo aventuró lo que pasará en caso de que este artículo se apruebe, tal como está.

"Cuando el Estado no responde se va al Juez. Y el Juez resuelve. Pero ahora el juez no va a poder resolver, porque el Estado va a contestar diciendo que no es responsable, de acuerdo al artículo 425. Entonces va a ser necesario interponer por vía de excepción, probablemente, la inconstitucionalidad del artículo. Y el expediente se va a ir a la Suprema Corte de Justicia, que es el único órgano competente para resolver la inconstitucionalidad", expresó el abogado.

En estos casos, el tiempo jugará en contra del paciente, según el asesor del SMU: "La diferencia entre un proceso de duración prolongado y un proceso de duración abreviada es la diferencia entre la vida y la muerte. Y esto es lo que, sin animosidad, crispa, enerva. Porque si es verdad que hay medicamentos de alto costo y tratamiento de alto costo, lo que tenemos que ver como colectividad organizada en el Estado, es cómo atender a esos tratamientos y medicamentos de alto costo. Y no, al contrario, generar un elemento de desigualdad, entre quien va a poder pagar ese medicamento y quién no".

Para Delpiazzo, en este escenario se genera "la más terrible discriminación que es la de postergar el tratamiento o el medicamento a quien no tiene posibilidades de acceder con dinero al mismo".

Tras estos planteos, Delpiazzo manifestó que coincide con el pronunciamiento del directorio del Colegio de Abogados del Uruguay acerca de la inconstitucionalidad lesiva del artículo y expresó su deseo de que la misma no se apruebe.

"Ojalá esta norma no se apruebe, y ojalá en lugar de esta norma se dicte una norma por positiva. Es decir, no por establecer un límite, sino por establecer un mecanismo que como en los países más civilizados del mundo se busquen soluciones que no van a ser mágicas, pero permitan a todos a acceder en condiciones de igualdad a una salud medianamente bien atendida", sentenció.

La aprobación del artículo 425 es un tema que preocupa al Sindicato Médico del Uruguay y así lo ha hecho saber desde diferentes ámbitos.

Una delegación encabezada por el vicepresidente del SMU, Alfredo Toledo, y el secretario médico, Alejandro Cuesta, se reunió con las comisiones de Asuntos Laborales y de Salud del Senado para manifestar que el artículo 425 del Presupuesto "restringe la única posibilidad que tienen hoy los pacientes" de acceder a ciertos medicamentos o procedimientos terapéuticos de alto costo.

"Hoy con este artículo se está coartando esta posibilidad. Ojo, no decimos que la situación anterior sea buena ni la solución, porque tampoco nos gusta que sean los jueces quienes terminen haciendo la indicación al médico y, por ende, se acceda a la medicación sin un protocolo adecuado. No queremos ni una cosa ni otra, pero el gran riesgo que presenta este artículo, es que deja a todos los pacientes en una situación totalmente indefensa", indicó Toledo.

Foto: Monte Carlo

MDS

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