Medidas sustitutivas
(Poder Judicial) Monte Carlo - MDS
La Jueza Letrada de Primera Instancia en lo Penal, Dolores Sanchez, resolvió procesar a un hombre que manoseó a una estudiante que circulaba por la vía pública, imputándole atentado violento y ultraje público al pudor.
Los hechos sucedieron el día 25 de noviembre cuando una joven caminaba por la calle 19 de Abril en la zona del Prado y un hombre se acercó violentamente y le tocó la zona genital y anal.
El hombre corrió para abandonar el lugar y la joven lo persiguió por tres cuadras.
Al visualizar la situación, un conductor de un taxi, se acercó a la joven para auxiliarla y ambos persiguieron al hombre.
Según el auto de procesamiento, Y.B.S.O. admitió los hechos y argumentó como causa de la realización de los mismos el consumo de marihuana.
La magistrada dispuso su procesamiento sin prisión por la comisión de un delito de atentado violento al pudor, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de ultraje público al pudor.
Como medida alternativa a la prisión se le impuso el tratamiento de su adicción a las drogas.
El Código Penal, en su artículo 273 establece que se incurre en un delito de atentado violento al pudor cuando una persona aprovecha de las circunstancias y realiza sobre otra persona actos obscenos, diversos de la conjunción carnal o realiza dichos actos sobre si mismo o sobre la persona del culpable o de un tercero.
Asimismo, el artículo 277 considera que hay ultraje público al pudor cuando una persona ejecuta actos obscenos o pronuncia discursos de análogo carácter en un lugar público o expuesto al público.
Foto: Monte Carlo
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