Nacionales

29/Abr
/2015

Suprema Corte declaró inconstitucional el delito de asonada

Por tres votos a dos y con una integración especial por la abstención de sus ministros habituales, la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional el artículo 145 del Código Penal que prevé el delito de asonada. "Se sitúa al margen de lo autorizado" por la Constitución, señala la resolución.

(Poder Judicial) Monte Carlo - MDS

La jueza Graciela Gatti, y los jueces Rolando Vomero y Sergio Torres entendieron que la norma penal cuestionada resulta "inidónea e innecesaria" y a la vez "traduce una patente, notoria e inadecuada desproporción entre los medios elegidos para proceder al sacrificio de los derechos afectados en relación al fin perseguido".

Ante esto, entienden que "resulta inevitable concluir, a la luz de los dictados de la lógica y la mejor razón, que ella se sitúa al margen de lo autorizado por el texto constitucional".

En contrapartida, los magistrados Doris Morales y Luis Charles dejaron asentado en el fallo su discordancia con esta visión y votaron negativamente.

Por el delito de asonada habían sido procesadas seis personas por los hechos ocurridos el 15 de febrero de 2013 en la Suprema Corte de Justicia, cuando se iba a efectuar el traslado de la jueza Mariana Mota.

Foto: Monte Carlo

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