
Delito de moda
(Montevideo/Monte Carlo) MDS
El diputado señaló que las penas tipificadas para el delito de secuestro "están bien", debido a que van de seis a doce años de prisión.
Sin embargo, el delito de privación de libertad que es considerado menor que el de secuestro, tiene una pena mínima de un año por lo que "cuando es primario el autor puede ser excarcelable".
"Para desalentar este delito se debe aumentar las penas, para que no sea excarcelable", indicó Besozzi.
El proyecto de ley presentado pretende imponer una pena mínima de dos años para la privación de libertad.
"Hay que darle herramientas a la Justicia para que tenga la posibilidad de aplicar mano dura", agregó.
Besozzi explicó que dentro de la iniciativa también se prevé endurecer las penas para los secuestros virtuales o los simulados por teléfono, que pasarían a tener una condena de entre 18 meses y cuatro años de prisión.
Foto: Monte Carlo




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