Nacionales

11/Jul
/2015

Unidad Reguladora de Datos Personales avaló acuerdo entre Centro Ceibal y Google

Tras la controversia surgida por el convenio entre el Centro Ceibal y la empresa Google, la Unidad Reguladora de Control de Datos Personales (URCDP) avaló el acuerdo luego de analizar su compatibilidad con la normativa vigente en materia de protección de datos personales.

(Montevideo/Monte Carlo) MDS

Semanas atrás se conoció que la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) firmó un acuerdo con la empresa Google, que permitirá a los alumnos y docentes contar con diversas herramientas de trabajo a las que podrán acceder a través de sus dispositivos electrónicos.

Tanto a nivel político como desde la Universidad de la República, se cuestionó el convenio por entender que se ponían en riesgo datos personales de los beneficiarios del Plan Ceibal.

Debido a esta controversia, el Centro Ceibal solicitó a la Unidad Reguladora de Control de Datos Personales que se expidiera sobre el tema.

Según el dictamen del Consejo Ejecutivo de la Unidad Reguladora de Control de Datos Personales, que publica Presidencia en su web, el acuerdo no condiciona temporalmente a las partes “que serán las que fijen el plazo inicial de prestación de los servicios, renovable automáticamente por períodos adicionales de doce meses, pudiendo ser terminado en cualquier momento, mediando un preaviso de quince días al plazo inicial o cualquiera de sus prórrogas, a la otra parte”.

Además, sostiene que finalizado el plazo, Google borrará de sus sistemas la información en un máximo de 180 días.

A su vez, durante la vigencia del acuerdo, la información borrada por el Centro Ceibal o cualquiera de sus usuarios finales será eliminada.
Por otro lado, el dictamen aclara que el Centro Ceibal y los usuarios finales tienen la posibilidad de corregir, bloquear, exportar y borrar definitivamente su información.

El Consejo Ejecutivo de la Unidad Reguladora de Control de Datos Personales especificó que el acuerdo señala expresamente que “el alcance del tratamiento para la provisión de los servicios —detección, prevención y resolución de incidentes técnicos y de seguridad—, así como la respuesta a los requerimientos en general, es fijado por el Centro Ceibal y Google debe cumplir con las instrucciones; solamente tratará los datos en el marco del acuerdo y no podrá utilizar los datos de los usuarios de ese servicio con fines publicitarios de tipo alguno”.

Aparte se señala que el Centro Ceibal recabará el consentimiento parental —padres, tutores o curadores— en relación con la recopilación de información personal de los estudiantes para la provisión y el uso de los servicios objeto del acuerdo.

Por otra parte, en el dictamen la Unidad Reguladora de Control de Datos Personales recomienda al Centro Ceibal informar claramente a los docentes, estudiantes, padres, tutores o curadores sobre el contenido y alcance del acuerdo y los servicios.

También publicar los documentos denominados “Google Apps for Education (online) Agreement" y “Data Processing Amendment to Goolge Apps Agreement”, traducidos al idioma español por traductor público.

Finalmente, publicar en forma separada y en lenguaje sencillo la información relativa al consentimiento, finalidad, tiempo de conservación, reserva, seguridad y destino de los datos tratados, así como los derechos que tienen los titulares a su respecto y la forma de ejercerlos, estableciendo un procedimiento claro.

Foto: Monte Carlo

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