
El Poder Ejecutivo realizó la aprobación de un decreto que establece la regulación del servicio de ambulancias. Dicha resolución implica la creación de un “registro” de las firmas, y una serie de condiciones para que puedan operar.
Para obtener la habilitación del Ministerio de Salud Pública, las empresas deberán garantizar que los vehículos de traslados especializados tengan capacidad para que los pacientes puedan "someterse a estudios, tratamientos o procedimientos específicos".
Cada ambulancia deberá contar además con personal médico y de enfermería, y las unidades no podrán tener una antigüedad superior a siete años.
La subsecretaria de la cartera Cristina Lustemberg explicó los alcances de la nueva normativa.
Foto: Presidencia




Titulares por email