Nacionales

03/Abr
/2017

La Intendencia de Montevideo reglamentó el tipo de vehículo obligatorio para Uber, Easy Go y Cabify

Deberán estar empadronados en Montevideo, ser de tipo sedán o rural con 4 o 5 puertas y una antigüedad máxima de 6 años, entre otros requisitos.

Por:    @montesdeoca930

A través de un comunicado el gobierno departamental informó que desde el mes de abril rigen las nuevas exigencias para las plataformas de transporte oneroso de pasajeros en vehículos privados.

De esta forma, la Intendencia de Montevideo amplía la reglamentación del Decreto Nº 36.197 -aprobado por la Junta Departamental de Montevideo y promulgado el 22 de diciembre de 2016- que habilitó esta modalidad de transporte.

Los vehículos deberán cumplir con las siguientes condiciones:

• Estar empadronados en el departamento de Montevideo.
• Tener una antigüedad máxima de 6 (seis) años desde el primer empadronamiento.
• Cumplir las condiciones sobre titularidad establecidas en el artículo 3º del Decreto Nº 36.197 de 22 de diciembre de 2016.
• Ser tipo sedán o rural, en ambos casos de 4 o 5 puertas.
• Cumplir con los requisitos de la Ley 19.061 de Tránsito y Seguridad Vial del 22 de enero de 2013 y sus decretos reglamentarios.
• Contar con capacidad para un total de 5 pasajeros incluido el conductor (datos verificables mediante Documento de Identificación Vehicular).
• Tener las siguientes medidas mínimas: largo 3,6 metros; ancho 1,6 metros; alto 1,40 metros.
• Contar con motor de 1000 cc como mínimo.
• La capacidad mínima del baúl será 250 litros los vehículos antes referidos deberán contar.

Además de los seguros obligatorios establecidos por el artículo 8º del Decreto Nº 36.197 de 22 de diciembre de 2016, los vehículos deberán contar con una cobertura de Responsabilidad Civil Extracontractual y de Responsabilidad Civil Pasajeros.

Cada una de estas pólizas deberá tener como mínimo un límite de cobertura de hasta 1.500.000 UI por persona lesionada o muerta, con un límite máximo a indemnizar por evento de 3.000.000 UI.

Por otra parte, el artículo 3º de la nueva resolución autoriza que los vehículos eléctricos propulsados 100% con energía eléctrica tengan una antigüedad máxima de hasta 10 años para poder prestar este servicio de transporte.

El plazo máximo de que se dispondrá para poder efectivizar las exigencias será el 31 de agosto de 2017.

Fuente: Intendencia de Montevideo

Foto: AFP

Comentarios

G

25/Nov/2018 Gustavo Lo del hatch supongo sera por el espacio del baul ya que si van con algo de carga no podran utiluzar tal vehiculo, ni llevar algo dentro del habitaculo si es grande, pero de igual manera he visto que hay vehiculos como el celerio el up y el onix que andan haciendo uber, no entiendo para que las exigencias si despues no se cumplen y no pasa nada. Alguien me puede responder eso?

A

09/Nov/2017 Alvaro solo autos sedan cual es la diferencia con el hatch? para decir que no se puede hacer uber con un vehiculo hatch si cumplen todos los requisitos...

Radio Montecarlo no asume responsabilidad alguna por los contenidos de los comentarios publicados por los lectores.
Si encuentra algo inapropiado y quiere denunciarlo haga clic en el siguiente enlace para denunciar comentario.

Titulares por email