
La presidencia de la República, remite al pasado miércoles 25 de octubre la fecha de promulgación del nuevo Código del Proceso Penal, el conjunto normativo que modifica el procedimiento penal del sistema declaratorio al acusatorio, oral y público, que comenzará a regir desde el 1° de noviembre.
La modificación otorga atribuciones para que el Ministerio Público dirija las investigaciones. Además, brinda garantías y atención a las víctimas del delito, sostiene una comunicación del gobierno.
Con la modificación, el Ministerio Público contará con atribuciones para dirigir la investigación de crímenes, delitos y faltas, así como para disponer la presencia de todas las personas que puedan aportar elementos a las investigaciones, solicitar medidas cautelares, acusar o sobreseer, entre otros.
El cambio más significativo, dice presidencia, es la adopción del procedimiento penal acusatorio, oral y público, en audiencias que serán registradas y estarán a cargo del juez. También organiza cómo se toman declaraciones a víctimas, testigos e imputados. Las investigaciones tienen un límite de un año desde su formalización, según el texto promulgado esta jornada.
Además, se elimina la libertad condicional y la suspensión condicional de la pena, propios del sistema inquisitivo. También se asegura la imparcialidad objetiva de los jueces con la consagración de un sistema que coloca un juez para las audiencias y otro en el juicio oral.
Asimismo se incluyen cambios en la Ley Orgánica de Tribunales, la Ley Orgánica Policial, la Ley del Procedimiento Penal y el Estatuto de Fiscales.
Foto: archivo




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