Nacionales

23/Nov
/2017

Cancillería: Sistema de listas negativas en TLC con Chile no implica privatización

El Ministerio de Relaciones Exteriores aclaró que el pasaje a un sistema de listas negativas, en el marco del acuerdo comercial con Chile, no implica una desregulación o privatización, dijo en un comunicado.

Por:    @toledobarnada

"El pasaje a un sistema de listas negativas no implica una desregulación o privatización" señala la Cancillería en un comunicado divulgado en sus sitio web. La explicación refuta versiones de prensa que abonan la tesis de que el TLC con Chile restringe la autonomía de nuestro país por negociar bajo la modalidad de “listas negativas” en materia de comercio transfronterizo de servicios.

La nota informa que "el capítulo Servicios se negoció adoptando la actual modalidad en las negociaciones de servicios". Esta modalidad es por lista negativa que implica dos aspectos: "Por un lado, consolidar la normativa vigente sectorial en materia de servicios identificando los sectores en los cuales Uruguay se reserva el derecho a liberalizar, que se listan en el Anexo I del Capítulo 7 del Acuerdo y; por otro, establecer reservas a futuro brindándole la opción de adoptar nuevas medidas o más restrictivas que sean disconformes con las obligaciones impuestas sobre los diferentes tipos de reserva (las reservas pueden ser en Trato Nacional, Nación Más Favorecida, Acceso a Mercados y Presencia Local). Estas reservas se listan en el Anexo II del Capítulo 7" señala.

Agrega que "el Capítulo de Servicios del Acuerdo con Chile contempla, en su Anexo II, aquellas actividades que, por su sensibilidad, el Estado entiende que no deben ser liberalizadas a futuro. Por tanto, no es correcto aseverar que los “nuevos servicios quedan abiertos también” como se ha dicho".

Sostiene que "tampoco es verdadero señalar que el Capítulo de Servicios del Acuerdo contempla una denominada cláusula “trinquete”. Por el contrario, el Capítulo de Servicios establece claramente el reconocimiento del derecho a regular; donde los Estados podrán introducir nuevas regulaciones en el suministro de servicios para satisfacer sus objetivos de política (artículo 7.8)"

Foto: Presidencia

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