
La disposición prevista en la Ley de Inclusión Financiera y que entró vigencia este 1º de abril, establece que la remuneración del trabajador podrá abonarse mediante acreditación en cuenta o en instrumento de dinero electrónico en la institución elegida por el trabajador.
No están alcanzados en esta primera etapa los jornaleros que se incorporarán en 2019.
Estas disposiciones tampoco comprenden a los trabajadores cuyo empleador estuviera percibiendo al 31 de diciembre de 2017, una jubilación, pensión o retiro de cualquier instituto de seguridad social explicó a radio Monte Carlo, la presidenta de la Liga de Ama de Casas, Mabel Lorenzo.
Foto: Archivo




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