30/May/2018 Mario Lopez Estos son verdaderos roedores de nuestra economía nunca mas en la política ni en puestos de gobierno.
El abuso de funciones se configuró en la negociación que hizo en nombre de ANCAP con la empresa Exor, pero fue descartado en las negociaciones con Trafigura y PetroEcuador.
En la sentencia de casi un centenar de páginas, y haciendo referencia a la responsabilidad que cabe al ex presidente de ANCAP la magistrada sostuvo que "asiste razón a la Fiscalía en cuanto el primer contacto entre EXOR LTDA. y A.N.C.A.P. se trabó exclusivamente entre el representante de aquella y el Presidente del Directorio R.S." señala la comunicación librada al respecto por el Poder Judicial.
"Más allá que fuera P.D.V.S.A. que hubiera sugerido ese contacto, lo cierto es que el funcionario de A.N.C.A.P. que inició el vínculo con EXOR fue su Presidente R.S." señaló en el fallo.
"En suma, el Presidente de A.N.C.A.P. R.S., en forma verbal y sin establecer las condiciones de la intervención ni los derechos y obligaciones de las partes, autorizó a EXOR a realizar gestiones ante P.D.V.S.A. para que ésta aceptara la cancelación anticipada de la deuda y la participación de EXOR".
Y añade Larrieu que por esta razón "EXOR realizó la propuesta de ingeniería financiera que fue aceptada por la empresa venezolana y plasmada en el primer acuerdo de marzo de 2012".
Larrieu sostuvo que "la conducta de R.S. se adecua en este caso a la previsión del art. 162 del C. Penal" porque "el entonces Presidente de A.N.C.A.P. realizó actos arbitrarios en abuso de su cargo, al exceder el ámbito de su competencia y violentar las formalidades que impone la normativa para su actuación –especialmente para la firma de un contrato- exponiéndola a acciones indemnizatorias que a la fecha aún no se han laudado".
Y se indica más adelante que "R.S., excediendo los poderes que su cargo le confería, autorizó en forma verbal la intervención de EXOR para lograr la cancelación anticipada de la deuda y posteriormente firmó un acuerdo en el cual se reconocía esa intervención, sin seguir los procedimientos legales y reglamentarios para ello, ocasionando un perjuicio económico a la empresa cuando EXOR fue excluida de la negociación sin recibir ninguna retribución por el trabajo efectivamente realizado".
Finalmente, la Dra. Larrieu establece que el delito se imputa en calidad de autor "desde que realizó los actos constitutivos del tipo penal mencionado, de acuerdo a lo establecido por el art. 60 nº 1 del C. Penal".
La magistrada resolvió desestimar los demás pedidos de procesamientopor abuso de funciones solicitados para el también expresidente de ANCAP José Coya y al exdirector Juan Justo Amaro Cedrés.
También rechazó el procesamiento de Juan Luis Romero, Eduardo Golddsztejn, Ricardo Lemes y Manuel González, en este último caso por estafa, en su condición de exgerente general de ALUR.
La situación de los exdirectores de ANCAP Juan Gómez y Germán Riet está en suspenso porque sus abogados presentaron un recurso de inconstitucionalidad, lo que detuvo el proceso hasta que se pronuncie la Suprema Corte de Justicia.
Foto: Leonel Vera
30/May/2018 Mario Lopez Estos son verdaderos roedores de nuestra economía nunca mas en la política ni en puestos de gobierno.
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