El decreto publicado en el sitio web del Gobierno señala que la decisión se enmarca en que “las prácticas prohibidas relativas a la intermediación lucrativa persisten” y que por ello “la respuesta” de las autoridades “no puede ser otra que el diseño de un sistema de probada confidencialidad técnica y jurídica, que impida la realización de las prácticas” ilegales.
En virtud de ello se establece que la movilidad será a partir del período comprendido entre el 1o y el 28 de febrero de 2020.
Foto: Presidencia
Lea decreto sobre corralito mutual (1.61 MB) |
|
Titulares por email