La Intendencia de Montevideo informó que en el caso de los puestos callejeros, tendrán que funcionar de 06.00 a 14.00 horas, debiendo realizar su desinstalación de forma inmediata una vez cumplido el horario establecido.
A su vez, aquellos que trabajen en ferias alimentarias comercializando alimentos, deberán garantizar una distancia mínima entre clientes de por lo menos un metro y cincuenta centímetros (1,50 m) en las áreas de circulación.
Los puestos callejeros de venta de frutas y verduras podrán conservar sus dimensiones autorizadas, siempre y cuando también garanticen una distancia mínima entre clientes de por lo menos un metro y medio.
Se podrá marcar esta distancia en el piso con tiza u otro elemento de señalización o separación fácilmente removible, a los efectos de su correcta aplicación.
En tanto, el Servicio de Convivencia Departamental será el encargado de verificar el cumplimiento de estas nuevas disposiciones, para brindar todas las garantías sanitarias a la población.
En cuanto a las condiciones higiénicas, los puestos tendrán que maximizar sus cuidados así como del transporte utilizado, las cajas, balanzas, canastos y utensilios.
También tendrán que realizar la desinfección de las superficies cada vez que sea necesario y disponer de alcohol en gel o difusor para uso por el público.
Asimismo, establecieron que los días domingos en la calle Tristán Narvaja, entre las avenidas 18 de Julio y Uruguay, solo se habilitará la venta de frutas, verduras y otros alimentos comprendidos en la canasta básica familiar.
Incluye también productos de higiene personal y del hogar.
Foto: Intendencia de Montevideo / Jorge Sánchez
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