La medida fue tomada a partir de la declaración de emergencia sanitaria y la suspensión de las actividades turísticas al exterior del país, que no rigen las disposiciones especiales de beneficios a los turistas como los de ingreso de equipaje y de efectos y vehículos de turistas.
La dirección, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, informó que no procederá a la incautación de mercadería cuando no se superen los cinco kilogramos por persona y por semana y se trate de un surtido variado destinado a la subsistencia de la unidad familiar, consigna Presidencia.
Tampoco habrá incautación cuando no se incluyan mercaderías sujetas a restricciones o prohibiciones según la normativa vigente.
Las personas residentes en la misma zona fronteriza estarán exceptuadas de la medida al acreditar su domicilio mediante recibo de pago de servicios a su nombre.
“La resolución general es de carácter excepcional, revocable y sujeta a modificaciones cuando las circunstancias que la motivan así lo ameriten”, aclaró la institución.
Foto: Presidencia
Titulares por email