El artículo 388 de la LUC, sobre "Libertad de Trabajo y derecho de la dirección de la empresa", establece: "El Estado garantiza el ejercicio pacífico del derecho de huelga, el derecho de los no huelguistas a acceder y trabajar en los respectivos establecimientos y el derecho de la dirección de las empresas a ingresar a las instalaciones libremente".
El diputado nacionalista Rodrigo Goñi dijo que "solo se podrán adoptar medidas sindicales si se hacen en forma pacífica”.
Agregó que "no se está reglamentando el derecho de huelga" sino que se "aclaran las reglas".
"La garantía es para todas las partes", aseguró.
El legislador consideró que "este es el artículo de mayor impacto positivo de la LUC".
Desde la oposición, el diputado socialista Gonzalo Civila cuestionó el artículo y dijo que no queda claro quién definirá que una medida sindical tiene o no carácter pacífico.
Además, sostuvo que la LUC, tal como está planteada, "restringe derechos de lucha y movilización que históricamente han sido pacíficos en Uruguay".
El ministro de Trabajo, Pablo Mieres, indicó a su vez que el objetivo es compatibilizar los tres derechos: a la huelga, al trabajo y a la propiedad.
Si el Frente prohibió las ocupaciones en organismos públicos, el gobierno actual también quiere garantizar el derecho a quienes quieran trabajar en ambitos privados, dijo Ministro Pablo Mieres @MonteCarlo930 pic.twitter.com/qRfY13JNjG
— Leo Sarro Press (@leosarro) June 17, 2020
Foto: Parlamento
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