El texto detalla que la habilitación, que abarca también a los laboratorios de análisis clínicos, clínicas médicas, servicios de salud ocupacional y otros servicios del primer nivel de atención, será transitoria mientras dure la emergencia sanitaria.
Los locales deberán contar con un área individualizada para la realización de los tests “con superficies y mesada lavable y adecuada a extracción de aire”.
Además deberán contar con personal capacitado por el Ministerio de Salud Pública, y asegurar el reporte diario de los resultados de esos tests al MSP.
“El Ministerio de Salud Pública podrá asimismo revocar las autorizaciones transitorias conferidas, en caso de constatar la existencia de incumplimientos de los requisitos detallados”, dice el decreto.
Foto: Presidencia de la República
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