El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social informó este miércoles que a desde el 1° de noviembre es obligatorio que empresas de entre 150 y 300 trabajadores cuenten con Servicios de Salud y Seguridad en el Trabajo, tal como establecen los Decretos N° 127/014 y N° 277/020.
Para empresas entre 50 y 150 trabajadores, el plazo para cumplir con este requisito se prorrogó por seis meses más (hasta el 1° de mayo de 2022), por acuerdo del Consejo Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo (CONASSAT).
Por otra parte, aquellas empresas que tengan entre 5 y 50 trabajadores tienen plazo hasta el 1° de noviembre de 2022 para cumplir con lo establecido en la normativa, agregó la cartera.
Foto: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
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