Nacionales

29/Mar
/2022

Referéndum

Desde hoy y hasta el 27 de abril se podrá justificar el no voto en el referéndum contra 135 artículos de la LUC

Se podrán justificar causales de no voto, o en caso contrario pagar la multa.

Por:    @noegarciasoria

Hasta el 27 de abril se podrán justificar los motivos que hayan impedido votar en el referéndum contra 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración.

Las causas admitidas por la Corte Electoral son padecer alguna imposibilidad física o enfermedad. En tal caso se deberá presentar certificado médico, emitido por una institución sanitaria, o de cuidado asistencial. En estos casos la tramitación podrá realizarla la misma institución.

Las personas que se encontraban fuera del país el domingo del referéndum también podrán justificar el no voto presentando documentación como el certificado de la Dirección Nacional de Migración, el pasaporte sellado o los pasajes aéreos.

Quienes vivan en otro país deberán gestionar este trámite a través de la oficina consular, hasta 20 días después del referéndum.

Por otro lado, en caso de presentar razones de fuerza mayor, se deberán establecer las razones de las mismas y justificarlas debidamente.

En caso de no justificar el no voto, se deberá pagar una multa de $ 1.428 (1 unidad reajustable), que será de $ 2.856 (dos unidades reajustables) si son funcionarios públicos o profesionales recibidos en la Universidad de la República (Udelar).

El trámite de justificación se debe hacer a través de página web de la Corte Electoral.

Foto: archivo

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