El etiquetado mediante los octógonos negros es obligatorio para advertir sobre el exceso de grasa, de azúcar o de sodio en los alimentos.
El rotulado debe estar en la cara frontal del producto.
Algunas empresas no colocaron las etiquetas, mientras que otras, una vez notificadas siguieron incumpliendo la normativa.
Las 29 empresas fueron multadas con 20 Unidades Reajustables unos $ 29.000, pero en el caso de las reincidentes, la sanción puede alcanzar los $ 370.000.
Fueron 400 las denuncias ante el área de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía y Finanzas, de las cuales Salud Pública comprobó que 100 productos presentaban irregularidades.
Foto: Javier Calvelo / adhocFOTOS
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