Además, la resolución extiende hasta el 30 de setiembre la fecha de vencimiento de la primera cuota del saldo del impuesto, haciendola coincidir con el pago de la segunda cuota.
La DGI entiende "adecuado otorgar un plazo adicional, de manera de facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes", dice la resolución.
Foto: Ricardo Antúnez / adhocFOTOS
Titulares por email