
Días atrás, el parlamento aprobó modificaciones a la ley 18.566 de negociación colectiva para el sector privado, promulgada en 2009.
Por otra parte, el principal jerarca de la cartera de trabajo, se refirió a la "ultraactividad", que con los cambios introducidos, deja de existir.
Cabe recordar que se define a la ultraactividad de los convenios colectivos, al principio que establece la prórroga automática de un convenio cuando este pierde su vigencia y no se ha llegado a acuerdo entre plantilla y empresa para establecer uno nuevo.
Mires explicó que con esta modificación, cualquier beneficio acordado sobre ese punto, entre trabajadores y empresarios, deberá pactarse nuevamente.
Foto: Ministerio de Trabajo




Titulares por email