
Quienes tendrán acceso a este derecho serán los jubilados, pensionistas por vejez e invalidez mayores de 65 años (al 30/10/2023) y beneficiarios de Asistencia a la vejez (Mides) que perciban pasividades de hasta $ 17.318 y que residan en el país.
Por otro lado, accederán a la partida los pensionistas por sobrevivencia mayores de 65 años (al 30/10/2023) que vivan en hogares con ingresos promedio por persona inferiores a $ 17.318 y cuenten con declaración jurada.
Quienes cumplan con los requisitos y no cuenten con declaración jurada, deberán realizarla ante el BPS.
El pago se realizará en el mes de diciembre, cuando se abonan las pasividades de noviembre, a través del medio de pago donde cobran habitualmente sus prestaciones.
Foto: Ricardo Antúnez / adhocFOTOS




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