
El 29 de abril vence el plazo para que pequeños productores rurales soliciten la exoneración del Impuesto de Primaria
Los propietarios de explotaciones entre 200 y 300 hectáreas CONEAT 100, deben completar el formulario 5981 en el sitio web de la Dirección General Impositiva (DGI)
El formulario fue confeccionado en base a la información proporcionada por la declaración jurada del año 2023 y en caso de haberse producido altas o bajas en los padrones declarados, se debe realizar la declaración jurada 3980 en la aplicación Sigma
Por su parte, los productores propietarios de más de 300 hectáreas CONEAT 100 que deban presentar su declaración jurada y pagar el Impuesto de Primaria, encontrarán en “Borrador Primaria Rural” de Servicios en línea el formulario 3981 con datos precargados de acuerdo a los datos aportados en la declaración del año anterior.
Los propietarios de padrones rurales que explotan hasta 200 hectáreas CONEAT 100 y que presentaron declaración ante las intendencias departamentales para beneficiarse de la exoneración de la Contribución Inmobiliaria, están exonerados y no deben realizar ningún trámite ante DGI.
De no cumplir con lo anterior, deberán presentar la Declaración Jurada 3980 detallando los padrones explotados para acceder a la exoneración antes del 29 de abril de 2024.
Foto: Ricardo Antunez, adhocFOTOS




Titulares por email