Triunfo para CFK
(Buenos Aires/Clarin) Monte Carlo/MP
La denuncia fue presentada ante el juzgado de Ariel Lijo. Y luego de que la jueza Servini de Cubria abriera la feria judicial, la denuncia cayó el juzgado de Rafecas.
Altas fuentes judiciales revelaron a Clarin la decisión del juez que ya estaría firmada pero se desconocen sus argumentos judiciales de la denuncia que más conmovió al país en el último tiempo.
Una síntesis de la resolución de Rafecas es la siguiente:
Juez Federal Dr. Daniel Rafecas dispuso hoy desestimar la denuncia que fuera presentada el 14 de enero ppdo. por quien en vida fuera titular Fiscal General Dr. Alberto Nisman. Es decir, el Juez entendió que no están dadas las mínimas condiciones para iniciar una investigación penal a partir de lo presentado por el citado Fiscal.
Para ello, sostuvo el Magistrado que, analizada toda la evidencia, “ha quedado claro, que ninguna de las dos hipótesis de delito sostenida por el Fiscal Pollicita en su requerimiento, se sostienen mínimamente, la primera (“Comisión de la Verdad”), porque el presunto delito nunca se cometió; y la segunda (baja de las “notificaciones rojas”), porque la evidencia reunida, lejos de sostener mínimamente la versión fiscal, la desmiente de un modo rotundo y lapidario, llevando también a la misma conclusión de la inexistencia de un delito”.
El Magistrado sostuvo que, el análisis de los acompañados al momento de la presentación de la denuncia, “inhiben el inicio de un proceso penal por cuanto no sólo dejan huérfano de cualquier sustento típico al hecho descripto como una supuesta maniobra de “encubrimiento” y/o “entorpecimiento de la investigación” del atentado a la AMIA destinado a dotar de impunidad a los acusados de nacionalidad iraní, sino que por el contrario, tales evidencias se contraponen de modo categórico al supuesto “plan criminal” denunciado”.
“De este modo, todas las supuestas gestiones, tratativas y negociaciones que la denuncia le adjudica a distintas personas que no integran organismos públicos -reflejadas en las escuchas telefónicas aportadas-, quedan –en el mejor de los casos- circunscritas a la antesala del comienzo de ejecución que requiere –como se adelantó- el Derecho Penal para su intervención en el marco de las hipótesis delictivas sostenidas”
Foto: AFP
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