En diálogo con radio Monte Carlo, el Inspector General de Trabajo, Gerardo Rey, dijo que el decreto reglamenta un protocolo de actuación, tanto para el sector público como para el privado.
Los controles serán realizados por el servicio de salud o por personal contratado, en conocimiento del delegado de salud o representante sindical, quien podrá estar presente.
El empleador tendrá la potestad de aplicar las pruebas de detección mediante dispositivos analíticos no invasivos, dijo Rey.
En los casos en que no se haya constituido el ámbito bipartito, la Inspección General del Trabajo fiscalizará que el procedimiento se ajuste a los criterios establecidos en el decreto.
Si el empleador observa una actitud sospechosa del empleado, deberá activar este “protocolo”, agregó.
¿Que pasa si la prueba da positiva?
Rey explicó a radio Monte Carlo que la primera vez, el trabajador se tendrá que retirar y perderá esa jornada.
Si la situación se reitera hay dos protocolos a seguir:
El primero es informar a la comisión de salud y seguridad, “la que integra la empresa y los trabajadores, para que le brinden tratamiento”, explicó.
En tanto el segundo, corresponderá a las sanciones que la empresa crea necesarias para que el trabajador se replantee esa situación.
Foto: Presidencia
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