Nacionales

28/Oct
/2021

Mayores de edad con vacunas anticovid

El Poder Ejecutivo libró un decreto que regula el ingreso de turistas extranjeros

El mismo flexibiliza los requisitos para la entrada de extranjeros, en virtud de la población vacunada y la evolución de la emergencia sanitaria, ante la reapertura de fronteras, el 1ro. de noviembre.

Por:    @luisarmando930

Concretamente, podrán ingresar a Uruguay los ciudadanos extrajeros que fueron inoculados en los últimos 9 meses, o que hubieran padecido la COVID-19 en los últimos 90 días. En cambio, los menores de 18 años, podrán entrara al país sin restricciones.

El decreto 357/021, que publica Presidencia, señala cuales son las condiciones que deben cumplir los turistas que deseen ingresar a Uruguay a partir del lunes 1º de noviembre. Desde esa fecha se reabren las fronteras para el ingreso de personas de cualquier parte del mundo.

La norma establece que “en atención a la actual situación sanitaria, se entiende que no resulta necesario que las personas debidamente inmunizadas contra el virus SarsCoV-2 (Covid-19) y los menores de edad que ingresen al país cumplan con las medidas de aislamiento social preventivo obligatorio”.

En el artículo 1ro. del decreto, el gobierno autoriza “el ingreso al país de las siguientes personas”:

(1) “Extranjeros que acrediten haber recibido la única dosis o las dos dosis, según corresponda al tipo de vacuna suministrada, contra el virus SarsCoV-2 aprobadas por su país de origen, dentro de los últimos 9 (nueve) meses previos al embarque al país y cumplido los plazos de espera respectivos para lograr la inmunidad efectiva. En tal caso, deberán exhibir certificado emitido por la autoridad sanitaria de su país de origen, que acredite la vacunación y el cumplimiento de los plazos referidos.

(2) Extranjeros que ya hayan cursado la enfermedad Covid-19 dentro de los últimos 90 (noventa) días previos al embarque o arribo al país, lo que se deberá acreditar mediante resultado positivo de test por técnica de biología molecular PCR-RT o test de detección de antígenos, realizado entre un máximo de 90 (noventa) días y hasta 20 (veinte) días previos al embarque o arribo al país, según corresponda.

(3) Ciudadanos extranjeros menores de 18 (dieciocho) años de edad”.

En el caso de los menores de edad, no se exige vacunación, atendiendo a la cisrcunstancia de que no en todos los países se vacuna a esa franja etárea.

Además de presentar el certificado de vacunas contra el coronavirus al día, o el documento que acredite haber tenido la enfermedad del Covid-19, los turistas que ingresen a Uruguay deberán presentar un test negativo con la técnica PCR realizado hasta 72 horas antes de embarcar o ingresar al país.

Luego, a los siete días de ese primer test, y ya estando en Uruguay, los turistas deberán hacerse un segundo análisis de PCR.

El  decreto modificado señala que “quedan exceptuados de la obligación de acreditar un resultado de test de detección de virus SarsCoV-2 establecida en el presente artículo, los menores de 6 (seis) años de edad”.

Finalmente se establece que "toda persona que desee ingresar a Uruguay deberá enviar de manera electrónica (antes del viaje) un formulario con valor de declaración jurada, donde dejará sus datos y los certificados que se exigen: vacunas, test PCR, etc".

“El citado formulario deberá completarse por medios electrónicos en forma previa al ingreso al país, dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas previas al embarque, y tendrá carácter de declaración jurada en los términos previstos en el artículo 239 del Código Penal”, indica el decreto.

Lea la resolución S/N/021, AQUÍ

Foto: Presidencia

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