
Regulando
(Montevideo/Monte Carlo) MP
Señalan que hay que incluir en el plan de cultivo, aspectos relacionados con la infraestructura, métodos de siembra, trasplante, producción. Incluyendo manejo fitosanitario, fertilización, registros y trazabilidad.
Se basan para ello en la consideración de la disponibilidad de instalaciones y espacios adecuados para la producción de acuerdo al número de plantas estimado de producción, previendo un espacio suficiente por planta además de las áreas de circulación necesario.
Supervisar que el lugar donde se lleva a cabo operaciones de acondicionamiento del producto cosechado tales como manicura, clasificación, empaque, almacenamiento o cualquier otro, sea adecuado para de preservar las condiciones de inocuidad de los alimentos.
A fin de cumplir con esta finalidad, se recomienda cumplir con el diseño y construcción que facilite la limpieza y desinfección, de tal manera que se garantice la protección del producto contra el ingreso de plagas y contaminación.
Contar con sistema de ventilación e iluminación y con sistemas de redes eléctricas en buen estado de funcionamiento y mantenimiento. Piden especificar el método de mantenimiento y reproducción de plantas madres, diseñar un registro de variedades, que incluya: número de plantas en producción, un método de identificación de variedades utilizadas y el producto obtenido por planta.
Utilizar semillas, plántulas o esquejes autorizados por la Autoridad Nacional Competente , que garanticen la sanidad y pureza varietal. mantener un sistema de trazabilidad e identificación individual de las plantas cultivadas desde el origen en la planta madre hasta la cosecha del producto obtenido de las mismas.
También piden mantener un registro de los tratamientos fitosanitarios que se realicen, incluyendo nombre del producto, ingrediente activo, fecha de aplicación y dosis, equipo y maquinaria utilizada, cantidad de material vegetal tratado.
En cada Club de Membresía existirá un sistema de documentación disponible, actualizado y conservado adecuadamente, el cual deberá estar conformado como mínimo por:
a. Los procedimientos para todas las operaciones incluidas en la presente guía.
b. Registro permanente y actualizado del stock de producto cosechado, distribuido y remanente.
c. Registros de las actividades realizadas, los cuales deben conservarse por un periodo mínimo de cinco años
Foto: AFP




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