
A la vez comparte la preocupación de las familias por la educación de sus hijos y señala que una vez convocada la sala de abogados y analizado el informe técnico de la misma, el CODICEN de la ANEP en calidad de organismo rector de la educación, considera que la Constitución confiere a los entes de la educación autonomía técnica, y al amparo de las normas, los órganos competentes han dictado la reglamentación pertinente respecto a la promoción y la repetición.
Esa reglamentación dispone que la decisión sobre este tema, previas las consultas que se establecen, corresponde al docente, quien como profesional de la educación y desde el escenario del aula se encuentra en condiciones de resolver.
Añade que el traslado de la toma de decisiones respecto a la promoción de los alumnos desde el ámbito educativo al ámbito judicial estaría desconociendo la autonomía técnica de la ANEP y transgrediendo la norma constitucional que la consagra.
Más adelante dice que “en caso de existir distintos puntos de vista entre la familia y la institución educativa es posible recurrir a procedimientos establecidos por ANEP”.
Explica que la educación es un derecho de las personas y es obligación y compromiso de la ANEP proteger las trayectorias educativas continuas y completas de todos los estudiantes.
Finaliza señalando que la ANEP respeta y respetará los fallos de la justicia así como reivindica su autonomía técnica.
Foto: archivo




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