
Según informó la Dirección General Impositiva, los productores lecheros, arroceros y de flores, frutas y hortalizas que no tributen IRAE (Impuesto a la Renta de la Actividad Económica), podrán acceder a una devolución del IVA incluido en las compras de gasoil que realicen en el desarrollo de sus actividades productivas.
Este beneficio que entra en vigencia este 1º de marzo es por el plazo de un año y será por un límite máximo que se define en función del rubro y de las ventas realizadas en el ejercicio anterior.
Para la primera consulta, esto es saber si es beneficiario o no, alcanza con entrar a la página de DGI (www.dgi.gub.uy) y escribir el número de RUC. No es necesario tener una clave. En cambio, para conocer los límites máximos del beneficio o las causas por las cuales no está incluido en la lista de beneficiarios, el productor deberá ingresar con clave.
Para acceder al beneficio el productor cada vez que compra gasoil en una estación de servicio o distribuidora de combustible, deberá solicitar una factura en donde esté incluido claramente su número RUC y donde el único concepto de compra sea gasoil.
Las estaciones de servicio o distribuidoras de combustibles enviarán dicha documentación a DGI por los canales habituales, serán procesados informáticamente, lo que permitirá conocer las compras de gasoil que cada productor beneficiario hace, y al mes siguiente durante la segunda quincena, se procederá a la devolución del IVA de dichas compras hasta el límite máximo previamente definido.
La devolución se podrá cobrar por transferencia bancaria o en efectivo en cualquier local de ABITAB. Las devoluciones se realizarán mensualmente a partir del mes de abril, en la última quincena de cada mes.
Foto: archivo




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