
La nueva resolución está fundada en el hecho de que las circunstancias que motivaron las decisiones anteriores "se mantienen incambiadas", expresa una comunicación emitida en las últimas horas.
De forma expresa, la Suprema Corte ordenó a los magistrados de todo el país el "estricto cumplimiento y sin dilación" de todas las actividades habilitadas durante la vigencia del plazo.
En tanto, fueron incorporados una serie de trámites que también deberán ser desarrollados durante este período, como la confección de oficios, exhortos y certificados, así como su libramiento cuando puedan diligenciarse por vía electrónica, audiencias por videoconferencia, actividad administrativa interna, notificaciones electrónicas, informes actuariales, incorporación de datos al Sistema de Gestión Multimateria (SGM), tramitación de solicitudes de libertad condicional y anticipada, y visitas e inspecciones en materia de ejecución y vigilancia que puedan cumplirse por medios virtuales.
Foto: Presidencia, archivo




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