
El Ministerio de Salud Pública reglamentó la ley de eutanasia que comenzará a regir desde este martes informó la ministra Cristina Lustemberg.
Se trata de la Ley N° 20.431, que establece la voluntad del solicitante, quien debe ser mayor de edad y bajo ciertas condiciones, pero puede ser "esencialmente revocable" en "cualquier momento".
La ley habilita el procedimiento a personas “psíquicamente aptas”, que cursen la “etapa terminal de una patología incurable e irreversible”, o padezcan por ello sufrimientos “insoportables”, con “grave y progresivo deterioro” de su calidad de vida.
Puntualmente, podrán ampararse los ciudadanos uruguayos naturales o legales y los extranjeros, que acrediten “fehacientemente” su residencia en el país.
La reglamentación prevé que el procedimiento se realice en condiciones seguras, respetuosas y acordes a la voluntad de la persona, agregó la funcionaria.
En ese marco se podrá realizar tanto en una institución de salud como en el domicilio, siempre que existan las condiciones necesarias.
“Los prestadores están obligados a asegurar la realización del procedimiento. En todos los casos deben garantizar que la prestación esté disponible para quien la solicite”, remarcó la ministra.
También se crea una Comisión Honoraria de Revisión que tendrá como cometido supervisar que los procedimientos se desarrollen conforme a la normativa vigente, como forma de asegurar la transparencia y el respeto de los derechos de las personas en todo el proceso
Foto: Javier Calvelo / adhocFOTOS




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